El caso Miranda y los Derechos Humanos

(Diario La República, agosto 1999)


La inquietud oficial en el tema de la reforma constitucional promovida por el Ministro Stirling y previamente por el senador Millor, conducente a ampliar el plazo de detención sin intervención judicial, nos lleva casi automáticamente a preguntarnos como resuelven el problema otros pueblos de la tierra. Los norteamericanos, de cuyos textos constitucionales se inspiró nuestra propia constitución, no permiten los interrogatorios policiales ni por un minuto.

Posiblemente todos los uruguayos hayamos visto un arresto por televisión, a cargo de personajes a veces muy conocidos de la pantalla chica. Muchas veces esos arrestos se efectúan en condiciones por lo demás difíciles y después de sangrientas persecuciones, pero para el espectador resulta casi habitual que los policías leen los derechos del sospechoso: 1) Tiene derecho a permanecer en silencio; 2) Todo lo que diga puede ser utilizado en su contra en la Corte o Tribunal; 3) Tiene derecho a pedir consejo o consultar a un abogado antes de responder cualquier pregunta; y 4) Si no puede pagar un abogado, se le asignará uno.

Estos son conocidos como los derechos Miranda, que están originados en un caso que resolvió la Corte Suprema de los Estados Unidos de Norteamericana, en "Miranda vs. Arizona" (384 U.S. 436, 1966).

Ernesto Miranda, se trataba de una persona con antecedentes penales (registraba condenas por violación y asalto), y era sospechoso de raptar y violar a una mujer durante la noche del 2 de marzo de 1963 en el desierto que rodea Phoenix, estado de Arizona.

Miranda coincidía con la descripción que la víctima de la violación y tenía antecedentes criminales, fue detenido por la policía estatal y llevado a la Comisaría local; allí dos oficiales de policía lo condujeron a un cuarto de interrogatorios, donde no tardó en hacer ante ellos una confesión acerca de la violación imputada.

La defensa del señor Miranda reclamó que los derechos emanados de quinta y sexta enmiendas constitucionales habían sido violados y que su confesión debía ser declarada inadmisible por la Corte, Miranda fue condenado. La quinta enmienda establece que "nadie estará obligado... ni se le compelerá a declarar contra sí mismo en ningún juicio criminal".

El caso Miranda llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Federación Norteamericana, a sazón presidida por el famoso magistrado Earl Warren. La condena de Miranda fue revocada por la Corte, lo que provocó un escándalo de los partidarios de "la ley y el orden", o la mayoría silenciosa, que se alinearon detrás de la campaña presidencial de Richard Nixon.

La Sentencia expresó textualmente:

"Por interrogatorio policial entendemos las preguntas que son lanzadas por los oficiales encargados de hacer que se cumpla con la ley, una vez que la persona ha sido tomada en custodia o privada de cualquier manera de su libertad de acción en cualquier forma significativa. En lo que se refiere a las salvaguardas de procedimiento que habrán de ser empleadas a no ser que se encuentren otros medios mas adecuados para informar a la persona acusada de su derecho a mantener silencio y de asegurar la oportunidad continua de ejercitar ese derecho, se habrán de requerir las siguientes medidas:

"Antes de cualquier tipo de interrogatorio se deberá advertir a la persona que tiene derecho a mantenerse callada, que cualquier cosa que diga podrá ser usada en su contra, y que tiene derecho a contar con la presencia de un abogado, ya sea contratado por él o que le sea designado por la Corte.

El acusado puede renunciar a estos derechos, siempre y cuando renuncie a ellos en forma voluntaria, con conocimiento de causa e inteligentemente. Sin embargo, si él indica en cualquier forma y en cualquier etapa del proceso que desea contar con un abogado antes de responder, no podrá llevarse a cabo ningún tipo de interrogatorio.

De la misma manera, si el individuo está solo e indica en cualquier forma que no desea ser interrogado, la policía no podrá interrogarlo. El simple hecho de que él haya respondido a algunas preguntas o en forma voluntaria haya rendido algún tipo de declaración no lo priva del derecho a no responder mas preguntas hasta que haya consultado a un abogado y consienta a ser interrogado..."

Finalmente, Miranda, que era un individuo no del todo lúcido, fue absuelto, y enfrentó un nuevo juicio, que transcurrió en medio de fuertes presiones, y en el cual fue condenado.

Finalmente Miranda quedó en libertad, y fue finalmente asesinado en una taberna de Phoenix en enero de 1976. El imputado por su muerte, al ser detenido, le fueron leídos sus "derechos Miranda".

Carlos Aparicio